¿Cuándo enviar un burofax?
- Requerimiento de pago: Intimar al deudor antes de la vía judicial. Interrumpe la prescripción (art. 1973 CC) y demuestra la voluntad de cobro.
- Resolución de contrato: Comunicar la resolución por incumplimiento (art. 1124 CC). Imprescindible en contratos de arrendamiento, suministro, servicios.
- No renovación de arrendamiento: Comunicar al inquilino la no renovación con la antelación legal (art. 9.3 y 10 LAU).
- Denuncia de vicios ocultos: En compraventa, el plazo de 6 meses desde la entrega (art. 1484 CC) exige comunicación fehaciente.
- Contestación a burofax recibido: Responder con argumentación jurídica a un requerimiento de la parte contraria.
- Reclamación previa administrativa: Antes de demandar a la Administración en ciertas materias.
¿Qué incluye el borrador?
- Identificación completa de remitente y destinatario
- Referencia al contrato o relación jurídica
- Exposición cronológica de los hechos
- Fundamento legal de la pretensión
- Requerimiento expreso con plazo concreto de cumplimiento
- Advertencia de consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento
- Indicación del medio de envío (Correos con certificación de contenido y acuse de recibo)
El burofax como herramienta estratégica
Un burofax bien redactado no es solo un trámite: es una herramienta que puede resolver el conflicto sin necesidad de llegar a juicio. Cuando el requerimiento tiene fundamento jurídico sólido y está redactado en tono profesional, la parte contraria percibe que hay un despacho detrás dispuesto a litigar, lo que facilita el acuerdo extrajudicial.
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